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Me entregaron el 0 km con daños

Rayones, un golpe en una puerta, una pieza mal calzada, pintura que no es la original. La ley te cubre, pero hay un momento en que se juega casi todo y un error que hace perder juicios enteros. Los dos están acá.

6 mesesde garantía legal mínima en un 0 km (art. 11)
Antes de firmares cuando más fuerza tenés para reclamar
Solidariaresponden concesionaria, fabricante e importador (art. 13)
No hay«10 días de arrepentimiento» comprando en el salón

El momento decisivo: la entrega

Un 0 km no viaja solo desde la fábrica hasta tu casa. Sube a un camión o a un buque, baja en un puerto, espera en una playa a cielo abierto, se mueve entre depósitos y llega a la concesionaria. En cada uno de esos pasos puede rayarse, golpearse o granizarse. Cuando eso pasa, alguien tiene que decidir qué hacer, y a veces se decide repararlo y entregarlo igual, sin decírtelo.

Por eso el acto de entrega no es un trámite: es el momento en que se define quién carga con la prueba. Antes de firmar, el que tiene que explicar es el vendedor. Después de firmar, el que tiene que probar sos vos.

Regla práctica: no recibas el auto de noche, ni bajo techo con luz artificial, ni apurado porque «el gestor cierra a las 5». Un rayón que no se ve en un garaje se ve perfecto con el auto a la sombra y afuera. Si te apuran, ese apuro tiene un costo y lo vas a pagar vos.

Qué revisar antes de firmar

Esta lista no la inventamos: son los puntos donde más aparecen los daños de transporte y las reparaciones no informadas. Llevala en el teléfono.

Carrocería y pintura

Debajo y adentro

Lo que se olvida siempre

Si ves un daño y todavía no firmaste

Estás en la mejor posición posible. Podés negarte a recibirlo hasta que lo solucionen o te entreguen otra unidad.

El artículo 10 bis de la Ley 24.240 dice que, ante el incumplimiento de la oferta o del contrato, podés elegir libremente entre exigir el cumplimiento forzado de la obligación, aceptar otro producto equivalente o rescindir el contrato con restitución de lo pagado. Y aclara que eso no te quita el derecho a reclamar los daños y perjuicios que correspondan.

Lo que compraste es un vehículo nuevo, sin daños. Si el que te ofrecen no es ese, la oferta no se está cumpliendo.

Si igual decidís llevártelo, no firmes «de conformidad» en blanco.

Escribí a mano en el acta de entrega, antes de firmar, algo tan simple como: «Se recibe la unidad dejando constancia de rayón en puerta delantera izquierda y faltante de rueda de auxilio, cuya reparación/entrega queda pendiente a cargo del vendedor.» Sacale foto al acta firmada por los dos y pedí tu copia. Ese renglón escrito a mano vale más que diez llamados.

Si ya firmaste y ya te fuiste con el auto

No perdiste el derecho a reclamar. Perdiste comodidad.

La garantía legal del artículo 11 rige seis meses desde la entrega en bienes nuevos y cubre los defectos o vicios «que afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado o su correcto funcionamiento». Un auto vendido como nuevo que en realidad venía reparado no es idéntico a lo ofrecido: es el corazón del reclamo.

Y si te dicen que firmaste conforme, ahí entra el artículo 37: se tienen por no convenidas las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor. Un acta genérica de conformidad no es una renuncia válida a la garantía legal.

Para los daños que no se ven a simple vista existe además el artículo 18, que mantiene vigente la garantía por vicios redhibitorios y dispone que el viejo artículo 2170 del Código Civil no puede ser opuesto al consumidor. En criollo: no te pueden contestar «tendrías que haberte dado cuenta».

El mito que circula en todas partes: los «10 días para arrepentirse»

No existe para una compra hecha en la concesionaria. Verificalo vos mismo en el texto de la ley.

El derecho de revocación de 10 días corridos es el del artículo 34, y está escrito para «los casos previstos en los artículos 32 y 33 de la presente ley»: la venta domiciliaria (la que se ofrece fuera del establecimiento del proveedor) y la venta por correspondencia, telefónica o electrónica. Si fuiste al salón, elegiste el auto y firmaste ahí, tu compra no está en ninguna de las dos. Si compraste íntegramente online o te lo vendieron en tu casa, sí.

Vale la pena decirlo con claridad porque es el consejo equivocado más repetido en foros y notas: alguien se confía en los diez días, deja pasar el momento de la entrega sin asentar nada, y llega al reclamo con las manos vacías.

El error que hace perder el juicio: reparar por afuera

Acá está la parte incómoda, y es la más útil de toda esta guía.

En junio de 2026 el Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 20 de La Plata resolvió el caso de una compradora que había adquirido un 0 km y años después, cuando el auto sufrió daños por granizo, se enteró en el taller de que la pintura no era la original y el vehículo había sido completamente repintado. Dentro del tapizado del techo apareció incluso una hoja de reparación en portugués. El hecho parecía probado.

Y perdió el juicio. El contrato de garantía establecía que sólo los talleres oficiales de la fabricante podían hacer las reparaciones cubiertas, y ella había reparado el auto en un taller recomendado por su aseguradora, ajeno a la red oficial. El tribunal consideró que su conducta, al no seguir el procedimiento previsto en el contrato para la reparación del vehículo, resultó incompatible con las condiciones pactadas. Tampoco había presentado la factura de compra ni la documentación original de la garantía, pese a que la Justicia se lo pidió.

Las dos lecciones, en una línea cada una:

1. Antes de que un tercero toque el auto, hacé el reclamo por escrito y llevalo a la red oficial. Reparar por afuera puede dejarte sin garantía y sin la prueba en su estado original.

2. Guardá la factura de compra, el acta de entrega y el manual de garantía como si fueran el título del auto. Sin papeles, un derecho que existe no se puede ejercer.

Una aclaración de método: es un fallo de primera instancia y cada caso se resuelve por sus propias circunstancias. No lo tomes como «siempre se pierde», sino como la muestra concreta de qué hace la diferencia en la práctica.

A quién le reclamás

A los dos, al mismo tiempo. El artículo 13 establece la responsabilidad solidaria del vendedor, el fabricante y el importador por el otorgamiento y el cumplimiento de la garantía. No tenés que averiguar de quién fue la culpa ni esperar a que se pongan de acuerdo entre ellos: mandás el mismo reclamo a la concesionaria y a la terminal o al importador, y guardás constancia de los dos envíos.

Y el artículo 10 juega a tu favor desde antes: el documento de venta debe estar redactado en castellano, en forma completa, clara y fácilmente legible, y describir el bien y sus características. Si un daño preexistente o una reparación no figuran en ninguna parte de la documentación, esa omisión es del vendedor.

Cómo se reclama, paso a paso

Documentá antes de mover el autoFotos y video con luz de día, del daño y del auto completo. Si podés, con la concesionaria de fondo. Guardá factura, acta de entrega, manual de garantía y el kilometraje de recepción.
Pedí una pericia si sospechás repintadoUn medidor de espesor de pintura en un taller de chapa y pintura serio cuesta poco y deja un informe escrito. Es la prueba que convierte «me parece» en un dato.
Mandá el reclamo formal por escrito a los dosCon hechos, fechas, qué pedís y un plazo concreto — a la concesionaria y al fabricante o importador. Podés armarlo en un minuto con el generador de reclamos, eligiendo la situación «Me entregaron el vehículo con daños».
Llevalo sólo a la red oficialMientras el reclamo está abierto, que lo revise un taller oficial y exigí la orden de ingreso y la constancia escrita de lo que se hizo (art. 15). No lo repares por afuera.
Si no responden, denunciá gratisEn la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor: online, gratuito y sin abogado. Adjuntá el reclamo y las constancias de envío.

Expectativas honestas

Un rayón superficial detectado y asentado el día de la entrega se resuelve casi siempre en el taller de la concesionaria, sin pelea. Un repintado completo no informado, descubierto dos años después, es un juicio con pericia, tiempo y resultado incierto — como muestra el fallo de La Plata.

La diferencia entre esos dos escenarios no está en la ley: está en los diez minutos que te tomás antes de firmar.

¿Te está pasando ahora?

Armá el reclamo con los artículos que te amparan, listo para enviar a la concesionaria y al fabricante.

Generar mi reclamo

Preguntas frecuentes

¿Puedo rechazar un 0 km si me lo entregan rayado o golpeado?

Sí. Mientras no lo hayas recibido podés negarte a tomarlo y exigir que cumplan lo pactado. El artículo 10 bis te permite elegir entre el cumplimiento forzado, aceptar otro vehículo equivalente o rescindir con restitución de lo pagado. Dejá el motivo por escrito en el acta antes de firmar.

Ya firmé el acta y después vi los daños, ¿perdí el reclamo?

No necesariamente. La garantía legal del artículo 11 rige seis meses desde la entrega y cubre los defectos que afecten la identidad del bien o su correcto funcionamiento, y el artículo 37 tiene por no convenidas las cláusulas de renuncia de derechos. Lo que se vuelve más difícil es probar que el daño ya estaba: por eso importan las fotos del día de la entrega.

¿Tengo 10 días para arrepentirme comprando en la concesionaria?

No. El plazo de 10 días corridos del artículo 34 aplica sólo a los casos de los artículos 32 y 33: venta domiciliaria y venta por correspondencia, telefónica o electrónica. Una compra en el salón de la concesionaria no está alcanzada. Si compraste íntegramente online, sí.

Me entregaron un 0 km repintado, ¿qué reclamo?

Que el vehículo no es idéntico a lo ofrecido, lo que cubre el artículo 11, más la garantía por vicios redhibitorios del artículo 18, que impide oponerte el viejo artículo 2170 del Código Civil. Podés pedir la sustitución, la devolución del dinero o una quita del precio (art. 17). No lo lleves a un taller ajeno a la red oficial antes de reclamar.

¿Cuántos kilómetros puede tener un auto «0 km» al recibirlo?

La ley no fija un número. En la práctica un 0 km llega con pocas decenas de kilómetros, entre traslados y prueba. Varios cientos de kilómetros no lo dejan de ser legalmente nuevo, pero merecen una explicación por escrito: pedí que se aclare en la documentación de entrega.

¿Quién responde, la concesionaria o la terminal?

Las dos, en forma solidaria, por el artículo 13. Mandá el mismo reclamo a la concesionaria y al fabricante o importador y guardá constancia de ambos envíos.

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Fuentes: Ley 24.240 — texto actualizado (Argentina.gob.ar), artículos 10, 10 bis, 11, 13, 15, 17, 18, 32, 33, 34 y 37 · Infobae, 14/6/2026 — fallo del Juzgado Civil y Comercial n.º 20 de La Plata sobre un 0 km repintado · Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor.

Los defectos de terminación en unidades prácticamente nuevas no son un caso aislado: hay un caso documentado de un 0 km cuya pintura se descascaró a los 3.503 km, con las fotos y el rechazo de garantía por escrito.

Esta guía tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Ante un caso concreto, consultá con un profesional matriculado. Ver políticas.